Los derechos humanos se caracterizan por ser:
a) Universales: porque pertenecen a todas las personas, sin importar su origen étnico, nacional o familiar, sexo, género, edad, discapacidad, condición social o económica, condiciones de salud, religión, opiniones,
preferencias, orientación sexual, estado civil, o cualquier otro rasgo de las personas.
b) Incondicionales: porque en sí mismos no se pueden supeditar a ningún requisito o condición, sino que tienen como límite únicamente los lineamientos y procedimientos de las normas, que han de ir en función de los legítimos límites de los derechos: básicamente donde comienzan los derechos de terceros y los justos intereses de la comunidad. Esto es, nadie puede reclamar un derecho en perjuicio del legítimo derecho de otra persona, ni nadie puede exigir su derecho violentando el mínimo orden social necesario.
c) Inalienables: dado que son inherentes a las personas, no pueden perderse, ni renunciarse, ni transferirse, ni siquiera por propia voluntad. Estos son derechos que no se pierden.
d) Los derechos humanos, al derivar de la misma dignidad humana, son interdependientes e indivisibles, es decir, no se puede decir que se respetan unos en menoscabo de los otros.
e) Además, los derechos humanos tienen un carácter histórico progresivo y dinámico, pues el avance de la humanidad va descubriendo nuevos aspectos de los derechos humanos, lo que nos da pie para considerar su clasificación en tres generaciones.
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