martes, 13 de noviembre de 2012

Derechos Humanos y VIH


“La protección de los derechos humanos es imprescindible para salvaguardar la dignidad humana de las personas con el VIH/Sida y para que se dé una respuesta eficaz de carácter jurídico, a las cuestiones que plantea el VIH/Sida”. Directrices Internacionales sobre VIH/Sida y derechos humanos (ONUSIDA, 1996) Los primeros diagnósticos de VIH/Sida a comienzos de la década de los 80 dieron pronto lugar a las primeras violaciones y amenazas de violación a los derechos humanos de las personas que viven con VIH y Sida. Las denuncias sobre estos atropellos ocurrieron inicialmente en el área de la salud, sobre todo ante la negativa para atender a los y las pacientes. Más tarde, con el descubrimiento de las pruebas de anticuerpos contra el VIH, la discriminación se extendió a los ámbitos laboral, educativo, de servicios públicos y movimiento migratorio, entre otros.

Asimismo, la asociación de la incidencia del VIH con conductas supuestamente irresponsables o cuestionables (homosexuales, usuarios de drogas por vía intravenosa, trabajadores y trabajadoras sexuales) y con las minorías étnicas y nacionales, provocaron una respuesta discriminatoria y estigmatizante de una sociedad poco informada y prejuiciada. Estos atropellos masivos contra la dignidad humana, así como la necesidad de apoyar a los sectores afectados – que incluían a los transfundidos y a los hemofílicos –, generó en diversos países una movilización sin precedentes en el área de los derechos humanos, para luchar contra la discriminación. Estos antecedentes son la base de un importante trabajo que, en los últimos años, ha logrado insertar la problemática de la epidemia en el ámbito de los derechos humanos, así como ha provocado una auténtica revolución en el área de la salud pública.

 Los Derechos Humanos y el VIH/Sida en la salud pública

Al inicio de la epidemia, la preocupación oficial estaba regida fundamentalmente por una concepción policial de la salud pública. Sin embargo, la respuesta de los grupos sociales afectados en demanda de sus derechos, así como el progresivo conocimiento de las reales dimensiones de la epidemia, han ido cambiando este panorama. La acción decidida de sectores no gubernamentales, junto a la creciente disposición de los Estados y de los organismos internacionales a desarrollar una respuesta concertada a la epidemia, ha logrado progresivamente introducir la problemática de los derechos humanos de las personas con VIH y las poblaciones vulnerables en el ámbito de la salud pública. A partir del reconocimiento de la relación entre la protección de los derechos humanos y una respuesta eficaz al VIH/Sida, se han desarrollado múltiples iniciativas locales e internacionales para abordar la lucha contra la epidemia desde una perspectiva de derechos humanos. Ya en 1988, la Organización Mundialde la Salud (OMS) recomendaba eliminar la segregación de las personas infectadas y apuntar los esfuerzos hacia el combate contra el virus, a través del desarrollo de medidas de prevención. Ese mismo año, la Asamblea Mundial de la Salud subrayó que el respeto de los derechos humanos es indispensable para la eficacia de los programas nacionales de prevención y lucha contra el Sida, e instó a los Estados miembros a que evitaran toda medida discriminatoria en la prestación de servicios, en el empleo y en los viajes.

A partir de 1990, tanto la Comisión de Derechos Humanos de la ONU como otros programas internacionales comienzan a abordar el tema del VIH desde una perspectiva de derechos humanos, recomendando a los Estados la sustitución de las políticas discriminatorias por programas educativos y preventivos. Había quedado en evidencia que la discriminación impulsa a la clandestinidad, afectando no sólo los derechos individuales sino también las posibilidades de elaborar una respuesta concertada a su propagación. La Comisión reafirmó que la discriminación por VIH o Sida está expresamente prohibida por las normas internacionales vigentes en materia de derechos humanos, ya que la expresión “o cualquier otra condición social“, que figura en las disposiciones sobre no discriminación de esas normas, “debe interpretarse en el sentido de que abarca el estado de salud, incluso el VIH y el Sida“. Es precisamente desde la perspectiva de la igualdad y la prohibición correlativa de discriminación que se ha logrado avances jurisprudenciales en muchos países – incluida Venezuela – en defensa de los derechos de las personas que viven con VIH y Sida. En los últimos años, se han desarrollado un número considerable de cartas y declaraciones internacionales y regionales que apuntan al reconocimiento de los derechos humanos de las personas con VIH y Sida. Entre ellas, figuran la Declaración de Derechos Fundamentales de las Personas infectadas por el VIH o enfermas de Sida (Asociación Latinoamericana de Organizaciones Comunitarias No Gubernamentales de lucha contra el Sida, noviembre de 1989); la Declaración de Derechos y Humanidad y la Carta sobre el VIH y el Sida (Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, 1992); la Declaración de Dakar sobre Ética, Derecho y el VIH (PNUD, julio de 1994); la Declaración de París de la Cumbre Mundial sobre el Sida (París, 1994).

Estas declaraciones incorporan un fuerte compromiso internacional de parte de los Estados signatarios. Además, revelan la voluntad política de asumir con urgencia la problemática dela epidemia. En paralelo, diversos países han adelantado iniciativas de reforma legislativa en materia sanitaria y de libertad de circulación, para luchar contra la discriminación por motivo de VIH/Sida. Aún así, a pesar de la adopción de estos instrumentos declarativos, y de algunas medidas internacionales y nacionales positivas para promover y proteger los derechos humanos en lo relativo al VIH/Sida, sigue habiendo una gran distancia entre estos reconocimientos y las políticas aplicadas.

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