miércoles, 26 de septiembre de 2012

La Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescentes (LOPNNA, 2007), consagra los deberes y derechos que tienen como ciudadanos y las responsabilidades que adquieren, así como el compromiso del Estado, la familia y la sociedad. En la categorías de derechos establecidos en la Convención de los Derechos del Niño tenemos Supervivencia y señala lo siguiente: 

1.  Vida: Art. 15 (Vida); Art. 30 (Nivel de Vida)

2. Salud: Arts. 41 al 51 (salud, responsabilidad de padres y responsables, información, protección a la maternidad, vínculo materno filial, lactancia, vacunas, atención de emergencia, permanencia de padres y responsables en centros de salud,  salud sexual y reproductiva, protección contra sustancias alcohólicas y psicotrópicas).

3. Seguridad Social: Art. 52.

Es importante destacar, que el Interés Superior del Niño, tiene que permitirnos tomar decisiones que posibiliten el ejercicio plenos de los derechos consagrado en la CRBV, LOPNNA, LOE y demás leyes, es una responsabilidad fomentar desde la escuela, liceo espacio para disertar sobre la sexualidad y el ejercicio responsables de los derechos sexuales y reproductivos. 

El VIH/SIDA, es un tema en el que todos estamos involucrados, nuestros niños, niñas y adolescentes deben ser informados para que desde temprana edad puedan incorporar en su proyecto de vida, la prevención, de allí el comienzo de la cultura de prevención y vida, por otro lado, los docentes y todos el personal de las instituciones educativas debemos asumir compromisos de formación en esta materia para así poder abordar aquellos casos de niños, niñas y adolescentes portadores del VIH/SIDA y también servir de apoyo a la familia para enfrentar esta situaciones y  desde el hogar poder contribuir a la desarrollo integral de sus hijos e hijas.... 
"Promovamos la Cultura de Prevención... La Prevención es parte de la Vida"
Rokglay Molero

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